Artículo 43 de la Ley de Vivienda del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del Estado, los municipios y dos dependencias (la Secretaría y el instituto encargados del tema) deben checar que se cumpla todo lo que dice esta ley. Cada uno tiene que hacerlo dentro de lo que le toca, según sus propias facultades (o sea, según lo que pueden hacer por su puesto). En corto, son los responsables de vigilar que nadie se brinque las reglas de la Ley de Vivienda.
Texto oficial
Artículo 43.- El Ejecutivo del Estado, los municipios, así como la Secretaría y el instituto, en el ámbito de sus respectivas facultades, vigilarán el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de enero de 2009. Última reforma POGG 29 de abril de 2025. LEY DE VIVIENDA DEL ESTADO DE MÉXICO 16
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.