Artículo 9 de la Ley de Vivienda del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si algo no está especificado en esta Ley, se usan las reglas del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento. También aplica la Ley que creó el Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, que es una institución del gobierno estatal. Además, se toman en cuenta otras leyes que tengan relación con el mismo tema. Todo esto es para cubrir cualquier situación que no esté contemplada directamente aquí.
Texto oficial
Artículo 9.- En los casos no previstos en la presente Ley, serán aplicables las disposiciones del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y de su Reglamento, así como de la Ley que crea el organismo público descentralizado de carácter estatal denominado Instituto Mexiquense de la Vivienda Social y demás ordenamientos compatibles al objeto de la misma. CAPÍTULO II DE LAS DEFINICIONES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.