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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México
Artículo
15

Artículo 15 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El municipio, a través de su Instituto de Deportes, va a organizar cualquier actividad física o deportiva que se promueva. Además, la va a proyectar (es decir, darla a conocer o llevarla más allá) a otras personas que la practiquen fuera del propio municipio. Para todo esto, el Instituto va a conseguir y aportar el dinero necesario para que se pueda hacer.

Texto oficial

Artículo 15.- Toda actividad física y deportiva que se promueva, el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte, tendrá finalidad de organizarla y proyectarla a quienes la practiquen mas allá de los limites de municipio con el financiamiento necesario.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México (pág. 3) ↗

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