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Artículo 15 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El municipio, a través de su Instituto de Deportes, va a organizar cualquier actividad física o deportiva que se promueva. Además, la va a proyectar (es decir, darla a conocer o llevarla más allá) a otras personas que la practiquen fuera del propio municipio. Para todo esto, el Instituto va a conseguir y aportar el dinero necesario para que se pueda hacer.

Texto oficial

Artículo 15.- Toda actividad física y deportiva que se promueva, el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte, tendrá finalidad de organizarla y proyectarla a quienes la practiquen mas allá de los limites de municipio con el financiamiento necesario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.