Artículo 15 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El municipio, a través de su Instituto de Deportes, va a organizar cualquier actividad física o deportiva que se promueva. Además, la va a proyectar (es decir, darla a conocer o llevarla más allá) a otras personas que la practiquen fuera del propio municipio. Para todo esto, el Instituto va a conseguir y aportar el dinero necesario para que se pueda hacer.
Texto oficial
Artículo 15.- Toda actividad física y deportiva que se promueva, el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte, tendrá finalidad de organizarla y proyectarla a quienes la practiquen mas allá de los limites de municipio con el financiamiento necesario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.