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Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director o directora de la dependencia es elegido cuando el presidente municipal sugiere a alguien para el puesto. Después, todos los miembros del cabildo (que son los regidores y el presidente) votan para aceptar o rechazar esa propuesta en una reunión oficial del ayuntamiento. En pocas palabras, el presidente propone y el cabildo decide si lo confirma o no.

Texto oficial

Artículo 23.- El director será nombrado a propuesta del presidente municipal y ratificado en sesión de cabildo por el H. Ayuntamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.