Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley148/22
- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac, México
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac, México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director de cierta área lo elige el Consejo Municipal, pero solo si el presidente municipal propone a esa persona primero. Es decir, el presidente sugiere un nombre y el Consejo lo aprueba o no. Esto aplica para puestos importantes del municipio.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por el Consejo Municipal a propuesta del presidente municipal.
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