Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac, México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Se crea una nueva oficina del gobierno municipal de Chiconcuac, que se va a llamar "Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte". Esta oficina tiene su propio dinero y puede hacer trámites legales por sí misma, como si fuera una persona ante la ley.
- Art. 2El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac va a ser dirigido por personas que vengan del mundo del deporte local. Estas personas deben conocer bien a los deportistas y a la comunidad del municipio, y estar comprometidas con ellos. Básicamente, quieren que quienes tomen las decisiones sean gente del mismo lugar que entienda las necesidades de los que hacen deporte.
- Art. 3El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac tiene derechos y obligaciones como cualquier persona o institución. Además, tiene libertad para tomar sus propias decisiones y actuar por su cuenta, sin que el municipio tenga que estar encima. Esto le sirve para cumplir con su trabajo principal: fomentar que la gente haga ejercicio y practique deporte.
- Art. 4El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac tiene como objetivo principal promover el deporte y la actividad física entre la gente del municipio. Busca que las familias y la comunidad convivan más y mejoren su salud en todos los sentidos, incluso mental y social. También quiere que las personas aprovechen bien su tiempo libre, especialmente los adultos mayores, las personas con discapacidad y los trabajadores. Además, impulsa entrenar a más instructores, elevar el nivel de las competencias, y que los deportistas tengan mejor acceso a servicios de salud.
- Art. 5El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac tiene el poder de hacer varias cosas para impulsar el deporte en el municipio. Por ejemplo, puede abrir escuelas gratuitas de deportes en todos los pueblos, colonias y comunidades, y dar becas de dinero, comida o para estudiar a los atletas destacados. También puede organizar torneos estudiantiles desde kínder hasta prepa, crear clubes deportivos permanentes, y pedir ayuda a empresas, gobierno y sociedad para apoyar el deporte. Además, debe informar públicamente los planes deportivos, dar asesoría a entrenadores y clubes, y mantener registros de instalaciones, deportistas, árbitros y entrenadores. Por último, tiene que apoyar con todo lo necesario los eventos deportivos del municipio y cumplir con cualquier otra tarea que le marquen las leyes.
- Art. 6Este artículo habla de un programa de deporte para estudiantes del municipio. Lo que busca es que los jóvenes ocupen su tiempo libre de manera positiva haciendo deporte. Además, pretende ayudar a que cada estudiante desarrolle sus habilidades personales y aprenda a convivir mejor con los demás. También fomenta que los estudiantes sean más responsables con su comunidad. En pocas palabras: quieren que hagas deporte para que te diviertas, aprendas y seas mejor persona.
- Art. 7El artículo 7 dice que, para que los jóvenes aprovechen mejor su tiempo libre y desarrollen sus habilidades, se van a crear clubes deportivos estudiantiles, tanto dentro como fuera de las escuelas. A esos clubes les van a dar asesoría para organizarse, entrenar y participar en torneos. También les van a prestar las instalaciones deportivas y, a veces, hasta equipo para hacer deporte.
- Art. 8El municipio va a promover, armar y echar a andar torneos entre estudiantes de primaria, secundaria, preparatoria y universidad. Esos torneos van a ser continuos, no de a tiro por once años. La idea es que los jóvenes compitan y se mantengan activos siempre.
- Art. 9Con este artículo, el municipio se compromete a organizar y promover el deporte para todas las personas, sin importar dónde vivan. La idea es que el deporte te ayude a crecer como persona, a competir sanamente y a divertirte, todo para que estés saludable tanto física como mentalmente. En pocas palabras, quieren que hacer ejercicio sea algo normal y al alcance de todos en el municipio.
- Art. 10El municipio va a abrir escuelas de deportes en toda la ciudad, pero solo en los lugares donde la gente realmente quiera o practique algún deporte. Esto significa que no van a poner una escuela de cualquier deporte, sino del que más le guste a la comunidad de esa zona. Así que si en tu colonia les encanta el fut, es probable que pongan una escuela de iniciación de fútbol.
- Art. 11Se organizarán torneos en cada colonia, barrio o comunidad de tu municipio. La idea es que puedas participar en competencias deportivas cerca de tu casa. El gobierno va a apoyar para que estos eventos se lleven a cabo. No importa si vives en pueblo o delegación, todos tendrán su torneo local.
- Art. 12Va a haber un torneo especial donde juegan los campeones de todas las ligas y clubes deportivos, sin importar la categoría o si es varonil o femenil.
- Art. 13Este artículo habla de que se va a hacer un censo de todas las canchas, gimnasios y espacios para hacer deporte que haya en el municipio. La idea es saber en qué estado están y cómo se están usando actualmente. Con esa información, se busca que esos lugares se aprovechen mejor y al cien por ciento.
- Art. 14El artículo dice que el deporte hoy en día tiene que cumplir con lo que la sociedad espera de él. Para lograrlo, es obligatorio que todas las personas que participan en el deporte reciban capacitación, es decir, enseñanza o entrenamiento para hacer mejor su labor. Esto aplica a atletas, entrenadores, árbitros y cualquier otro involucrado.
- Art. 15El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac te va a dar pláticas, consejos e información sobre cómo hacer deporte. Su objetivo es que tú y tu comunidad sepan más sobre las diferentes actividades deportivas y cómo practicarlas. Básicamente, te ayudan a conocer qué deportes hay y cómo empezar a hacerlos. Esto aplica para todo el público, no solo para atletas profesionales.
- Art. 16El gobierno de Chiconcuac, a través de su Instituto de Deporte, se encargará de apoyar y promover el deporte recreativo. Esto significa que ayudará a que la gente pueda organizar sus propias actividades deportivas, consiga dinero para realizarlas y las desarrolle. La idea es que cada persona obtenga beneficios personales, como divertirse o mantenerse saludable, pero sin olvidar que también debe ser bueno para la comunidad. En pocas palabras, el instituto busca que hagas deporte por gusto, pero siempre pensando en el bien de todos.
- Art. 17El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac lo manejan dos grupos: un consejo municipal (como una junta de personas que toman las decisiones importantes) y un director, que es el jefe. Entre los dos se encargan de organizar y dirigir todo lo relacionado con el deporte y la actividad física en el municipio. El consejo es como el equipo que planea y supervisa, mientras que el director es quien ejecuta el trabajo del día a día.
- Art. 18El Consejo Municipal es el grupo de personas que toman las decisiones importantes en el Instituto de Deporte de Chiconcuac. Está formado por un presidente, que es el presidente municipal; un secretario técnico, que es el director del deporte; y cinco vocales (miembros con voz y voto). De esos cinco vocales, uno es el regidor encargado del deporte, y los otros cuatro los elige el Ayuntamiento, pero solo si el presidente municipal o el director del deporte los proponen. En pocas palabras, es el equipo que dirige cómo funciona el deporte en el municipio.
- Art. 19Los miembros del Consejo Municipal (como los regidores o síndicos) duran en su puesto durante todo el tiempo que dure la administración del municipio para la que fueron elegidos, sin cambios antes de que termine ese periodo. En otras palabras, si te nombran para un ayuntamiento que va a gobernar, digamos, tres años, tú te quedas en el cargo esos tres años completos. No hay recorte de tiempo ni puedes ser cambiado a la mitad del camino. Eso es lo que dice la ley.
- Art. 20El Consejo Municipal debe juntarse a hablar de sus asuntos al menos cada tres meses, de manera normal o programada. Pero también puede reunirse de forma urgente o especial cuando sea necesario, sin esperar los tres meses. Esto significa que no hay un límite de veces para esas juntas extraordinarias: se hacen cuando se requiera. En pocas palabras, tienen juntas fijas cada tres meses, pero pueden tener más si hace falta.
- Art. 21El Consejo Municipal tiene varias tareas importantes para manejar el Instituto de Deporte de Chiconcuac. Puede crear las reglas internas del Instituto y decidir cómo debe funcionar en general. También puede aprobar o rechazar los planes, proyectos y el dinero que el director proponga, además de revisar sus reportes financieros. El Consejo elige o confirma al director y checa que los programas estén funcionando bien. Por último, puede buscar otras fuentes de dinero e invitar a funcionarios de otros gobiernos a sus juntas cuando sea necesario.
- Art. 22El director de cierta área lo elige el Consejo Municipal, pero solo si el presidente municipal propone a esa persona primero. Es decir, el presidente sugiere un nombre y el Consejo lo aprueba o no. Esto aplica para puestos importantes del municipio.
- Art. 23El director del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac es el encargado de representar a esta institución y de asegurarse de que se cumplan las decisiones del Consejo Municipal. También debe vigilar que los planes y programas del Instituto se estén llevando a cabo correctamente y firmar acuerdos o contratos que ayuden a cumplir esos proyectos. Además, tiene la obligación de presentar al Consejo Municipal el plan de trabajo anual y el presupuesto de cuánto dinero se espera recibir y gastar. Para que el Instituto funcione mejor, puede comprar lo que haga falta, pero siempre con la autorización del Consejo y siguiendo las reglas establecidas. Por último, debe hacer todo lo necesario para que los programas y metas se logren, y también cumplir con lo que le indiquen la ley, el reglamento interno y el propio Consejo.
- Art. 24El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac va a tener dinero de varias fuentes. Primero, el Municipio le va a dar cada año el 2% de todo su presupuesto. También puede recibir terrenos, edificios o cosas como muebles que el Ayuntamiento le preste o le dé. Además, puede recibir lana del gobierno federal, estatal o municipal, y también de donaciones, rentas de sus instalaciones o cooperaciones voluntarias. Por último, todo lo que gane por sus propios servicios, como cobrar por usar las canchas, también es parte de su patrimonio.
- Art. 25El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiconcuac tiene que cumplir con las leyes que ya existen. Estas son: la ley que organiza cómo funcionan los municipios en el Estado de México, una ley estatal sobre el deporte y la cultura física, y también las leyes federales que hablan de lo mismo. En otras palabras, el Instituto no se inventa sus propias reglas, sino que sigue las que están escritas en esas leyes.
- Art. 26Este artículo dice quiénes forman el equipo que opera el Instituto del Deporte. Las personas que lo integran son: un director del deporte, un subdirector de promoción deportiva, un coordinador de cultura física, un administrador de finanzas y un contralor interno (que es quien vigila que se usen bien los recursos). También puede haber un asesor, pero solo si se necesita para que los planes funcionen mejor.
- Art. 27El subdirector de promoción deportiva tiene tres tareas principales: primero, armar ligas para niños y jóvenes. Segundo, promover que la gente se capacite en deportes, como cursos o talleres. Tercero, organizar torneos de algún deporte en equipo, siempre que esté permitido. En resumen, su trabajo es fomentar el deporte desde las bases.
- Art. 28El artículo dice que el encargado de la cultura física en tu municipio tiene dos tareas principales: una es hacer campañas para que la gente haga ejercicio y se mueva más, y la otra es dar a conocer los lugares deportivos que hay en tu colonia o ciudad, como canchas o gimnasios públicos.
- Art. 29El administrador de finanzas tiene tres obligaciones principales: primero, debe llevar un registro muy preciso de todo el dinero que entra y sale. Segundo, tiene que entregar los comprobantes (como facturas o recibos) que demuestren en qué se gastó el dinero y de dónde vinieron los ingresos. Tercero, debe cuidar y administrar los bienes o recursos que el Instituto le haya asignado para hacer su trabajo.
- Art. 30El presidente municipal o el director propone a la persona que será contralor interno (el que revisa el dinero), y luego el Ayuntamiento (el grupo de regidores) lo aprueba en una reunión oficial. Ese contralor dura en su cargo el mismo tiempo que dure el gobierno municipal, es decir, hasta que termine la administración. Su obligación principal es revisar y supervisar todos los movimientos de dinero del Instituto para que no haya malos manejos.
- Art. 31El Artículo 31 dice que las reglas entre el Instituto y sus trabajadores serán las que marca la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Los artículos transitorios indican que esta ley se debe publicar en el periódico oficial del Estado de México, y que empezará a aplicarse al día siguiente de esa publicación. Además, el Ayuntamiento de Chiconcuac tiene que encargarse de poner en marcha la Dirección y el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Esta ley fue aprobada el 6 de agosto de 2010 y publicada el 25 de agosto de ese mismo año.