Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 104 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Servicio Profesional de Carrera es como un sistema de reglas para manejar y controlar a los policías y trabajadores de seguridad pública. Su objetivo es que estos servidores públicos se preparen mejor, crezcan en su trabajo y se queden en él, dando a todos las mismas oportunidades para entrar, subir de puesto y obtener premios o beneficios según su esfuerzo y experiencia. Así se busca tener empleados capaces que den un mejor servicio y que la gente confíe más en las instituciones de seguridad.

Texto oficial

Artículo 104. El Servicio Profesional de Carrera es el sistema de administración y control de los servidores públicos de las instituciones de seguridad pública que promueve su profesionalización, desarrollo y permanencia, asegurando la igualdad de oportunidades de ingreso, ascensos, estímulos y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de octubre de 2011. Última reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 56 beneficios con base en el mérito y la experiencia a fin de contar con los servidores públicos capaces para mejorar la calidad del servicio y fortalecer la confianza ciudadana en sus instituciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.