Artículo 150 Bis de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 150 Bis dice que el reclutamiento es el proceso que hacen las Instituciones de Seguridad Pública (como la policía) para buscar gente que pueda ocupar los puestos que están vacíos. Para esto, sacan una convocatoria pública, que es como un aviso abierto a todo el público, invitando a personas que cumplan con los requisitos a postularse. Básicamente, es la forma en que estas instituciones encuentran y llaman a candidatos que podrían ser aptos para trabajar con ellos.
Texto oficial
Artículo 150 Bis.- El reclutamiento es el proceso a cargo de las Instituciones de Seguridad Pública, mediante el que, a través de convocatorias públicas, se busca y convoca a personas candidatas potencialmente calificadas para ocupar las plazas vacantes dentro de estas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.