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Artículo 150 Bis de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 150 Bis dice que el reclutamiento es el proceso que hacen las Instituciones de Seguridad Pública (como la policía) para buscar gente que pueda ocupar los puestos que están vacíos. Para esto, sacan una convocatoria pública, que es como un aviso abierto a todo el público, invitando a personas que cumplan con los requisitos a postularse. Básicamente, es la forma en que estas instituciones encuentran y llaman a candidatos que podrían ser aptos para trabajar con ellos.

Texto oficial

Artículo 150 Bis.- El reclutamiento es el proceso a cargo de las Instituciones de Seguridad Pública, mediante el que, a través de convocatorias públicas, se busca y convoca a personas candidatas potencialmente calificadas para ocupar las plazas vacantes dentro de estas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 68) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.