- Ley
- Ley de Seguridad del Estado de México
- Artículo
- 154
Artículo 154 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te ascienden en el trabajo, el gobierno o la empresa te tiene que entregar un papel oficial que confirme tu nuevo puesto. Ese documento se llama constancia de grado y prueba que ya tienes un rango más alto. Sin ese papel, el ascenso no está reconocido de manera formal.
Texto oficial
Artículo 154.- Al personal que sea promovido, le será ratificada su nueva categoría jerárquica mediante la expedición de la constancia de grado correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.