Artículo 166 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Comisión de Honor y Justicia encuentra que hay motivos para investigar a un policía, le abrirá un expediente con un número único, que incluirá el año en que se inicia el proceso. Ese número se usará para identificar todos los documentos, reportes o pasos que se hagan en ese asunto, como una especie de folio. Es como cuando te dan un número de caso en una oficina para que puedas darle seguimiento a tu trámite.
Texto oficial
Artículo 166.- De ser procedente, la Comisión de Honor y Justicia, iniciará procedimiento administrativo al elemento policial, asignándole al expediente correspondiente un número progresivo e incluirá el año que se inicia. El número se anotará en todas las promociones y actuaciones que se produzcan con el mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.