Artículo 167 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un policía es acusado de hacer algo malo, la Comisión de Honor y Justicia le dará la oportunidad de ser escuchado. Esto significa que el agente podrá saber de qué lo están acusando, presentar pruebas para demostrar que es inocente y dar sus razones para defenderse. No lo pueden castigar sin antes darle esta oportunidad de explicarse. Así se aseguran de que el proceso sea justo.
Texto oficial
Artículo 167.- La Comisión de Honor y Justicia otorgará al elemento policial sujeto a procedimiento garantía de audiencia a efecto de que conozca la irregularidad que se le imputa, ofrezca pruebas y alegue en su favor.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.