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Artículo 167 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un policía es acusado de hacer algo malo, la Comisión de Honor y Justicia le dará la oportunidad de ser escuchado. Esto significa que el agente podrá saber de qué lo están acusando, presentar pruebas para demostrar que es inocente y dar sus razones para defenderse. No lo pueden castigar sin antes darle esta oportunidad de explicarse. Así se aseguran de que el proceso sea justo.

Texto oficial

Artículo 167.- La Comisión de Honor y Justicia otorgará al elemento policial sujeto a procedimiento garantía de audiencia a efecto de que conozca la irregularidad que se le imputa, ofrezca pruebas y alegue en su favor.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.