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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/168
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
168

Artículo 168 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te llegue un citatorio de garantía de audiencia, ese papel debe decir quién te está citando (tu nombre), y también la fecha, hora y lugar exactos donde vas a tener la audiencia. Además, debe explicarte de qué se va a tratar el asunto y en qué leyes se basa esa citación. También tiene que informarte que tienes derecho a llevar pruebas y a defenderte, ya sea tú mismo o con un abogado, y que puedes ir por tu cuenta o mandar a alguien con un poder legal. Por último, debe tener el nombre, el cargo y la firma de las autoridades que lo hicieron para que sepas quiénes son.

Texto oficial

Artículo 168.- En el citatorio de garantía de audiencia se expresará: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de octubre de 2011. Última reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 74 I. El nombre de la persona a la que se dirige; II. El lugar, fecha y hora en la que tendrá verificativo la audiencia; III. El objeto o alcance de la diligencia; IV. Las disposiciones legales en que se sustente; V. El derecho del interesado a aportar pruebas y alegar en la audiencia por sí o por medio de defensor; VI. Que podrá comparecer por sí o apoderado legal; y VII. El nombre, cargo y firma autógrafa de las autoridades que lo emiten.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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