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Artículo 176 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Comisiones de Honor y Justicia, que son como los jueces internos de la policía, pueden hacer un trato con el policía que está siendo investigado para cerrar el asunto sin llegar hasta el final. Este trato se llama "convenio" y solo es válido si no rompe ninguna ley. En otras palabras, si el policía acepta ciertas condiciones, el proceso se puede detener. Pero ojo, el acuerdo debe ser legal y respetar las reglas establecidas. Así se evitan procesos largos y se llega a una solución más rápida.

Texto oficial

Artículo 176.- Las Comisiones de Honor y Justicia podrán celebrar con los elementos policiales sujetos a procedimiento convenios que pongan fin a los asuntos, siempre que no sean contrarios a las disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.