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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/180
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
180

Artículo 180 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te aplican una sanción, puedes pelear esa decisión de dos maneras. Una es presentando un Recurso de Inconformidad directamente al jefe de la policía que te sancionó. La otra es llevando tu caso al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México. Para hacerlo, tienes 15 días a partir de que recibas la notificación oficial de la sanción.

Texto oficial

Artículo 180. Las resoluciones sancionadoras podrán ser impugnadas mediante el Recurso Administrativo de Inconformidad, ante el Titular de la Institución Policial correspondiente o a través del juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, dentro de los quince días posteriores al en que surta efectos la notificación de la resolución.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 76) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.