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Artículo 189 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 189 dice que si la Comisión de Justicia te pone una sanción, eso no quita que también puedas tener otras consecuencias. Por ejemplo, además de esa sanción, podrías tener que pagar daños (responsabilidad civil), ir a la cárcel (responsabilidad penal) o recibir un castigo de parte del gobierno (responsabilidad administrativa). Todo depende de lo que digan otras leyes que hablan de esos temas. En pocas palabras, una sanción no borra las demás responsabilidades que puedas tener.

Texto oficial

Artículo 189.- La imposición de las sanciones que determinen, en su caso, las Comisiones de Justicia, se hará con independencia de las que correspondan por responsabilidad civil, penal o administrativa, de conformidad con las leyes de la materia. CAPÍTULO NOVENO DE LA MEDIACIÓN POLICIAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 78) ↗

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