Artículo 191 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la policía actúa como mediadora para resolver un conflicto, debe seguir reglas muy claras. Nadie puede ser obligado a participar, todo es voluntario y lo que se hable se mantiene en secreto. Los policías deben mantenerse neutrales y tratar a todas las personas por igual, sin favorecer a nadie. Todo el proceso debe ser legal y honesto, y las partes tienen que aceptar los acuerdos sabiendo bien de qué se trata.
Texto oficial
Artículo 191. La mediación policial se regirá por los principios de voluntariedad, confidencialidad, neutralidad, imparcialidad, equidad, legalidad, honestidad, oralidad y consentimiento informado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.