Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 231 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo puede cambiar la estructura del Centro (cómo está organizado y cómo trabaja) si hace falta para que funcione mejor, cumpla sus objetivos o tenga más orden en sus actividades. Si esos cambios afectan la organización o el presupuesto del Centro, deben seguir lo que dice la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México. En esa ley vienen las reglas para modificar cómo se gasta el dinero y cómo se organiza el personal.

Texto oficial

Artículo 231. El Consejo Directivo, podrá decretar la modificación de la estructura orgánica y bases de organización del Centro cuando sea necesario para mejorar el desempeño de sus funciones, el cumplimiento de sus fines o la coordinación de sus actividades. Siempre que las modificaciones afecten la estructura orgánica o presupuestal del Centro, se estará a lo dispuesto en la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México. SECCIÓN CUARTA DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 92) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.