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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/233
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
233

Artículo 233 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser el jefe o jefa de la Dirección General de esta ley, necesitas cumplir con estos requisitos: ser ciudadano mexicano y tener todos tus derechos civiles y políticos (como votar y ser votado). También debes tener más de 30 años, un título de licenciatura en Derecho (o uno equivalente) registrado, y experiencia comprobada en temas de justicia, seguridad pública o prisiones. Además, tienes que pasar las pruebas de confianza (exámenes para verificar que eres honesto y confiable), y ser una persona de reconocida honradez.

Texto oficial

Artículo 233. Para ser la persona Titular de la Dirección General se requiere: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de octubre de 2011. Última reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 93 I. Ser ciudadana mexicana y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; II. Tener más de treinta años de edad; III. Tener título profesional de Licenciatura en Derecho o equivalente, debidamente registrado; IV. Contar con experiencia probada en materia de Procuración y Administración de Justicia o Seguridad Pública o Penitenciaria; V. Someterse y aprobar las evaluaciones de control de confianza; y VI. Ser de reconocida probidad.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 92) ↗

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