Artículo 245 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tu certificado individual (el documento que acredita que cumples con los requisitos para ser policía o agente de seguridad) solo es válido por tres años. Como servidor público de seguridad, debes hacer los exámenes y evaluaciones que marca la ley seis meses antes de que se venza ese certificado, para que te lo renueven. Si no lo haces, no podrás seguir trabajando en el puesto, porque la revalidación es obligatoria para que te mantengas en el cargo.
Texto oficial
Artículo 245. El certificado individual tendrá una vigencia de tres años. Las personas servidoras públicas de las Instituciones de Seguridad Pública deberán someterse a los procesos de evaluación en los términos de la normatividad correspondiente, con seis meses de anticipación a la expiración de validez de su certificado individual, a fin de obtener su revalidación, lo cual constituye un requisito indispensable para su permanencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.