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Artículo 246 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El certificado individual es como una credencial que acredita a un policía o funcionario de seguridad pública para trabajar. Este artículo dice que ese certificado se cancela en cuatro casos: primero, si la persona pierde su puesto por no cumplir con los requisitos para entrar o seguir en el trabajo. Segundo, si es despedida del cargo. Tercero, si no renueva su certificado cuando toca. Y cuarto, por cualquier otra razón que marquen las leyes.

Texto oficial

Artículo 246. La cancelación del certificado individual de una persona servidora pública de una Institución de Seguridad Pública procederá: I. Al ser separada de su cargo por no cumplir con alguno de los requisitos de ingreso o permanencia a que se refiere la presente Ley y demás disposiciones aplicables; II. Al ser removida de su cargo; III. Por no obtener la revalidación correspondiente; y IV. Por las demás causas que establezcan las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 95) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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