Artículo 246 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El certificado individual es como una credencial que acredita a un policía o funcionario de seguridad pública para trabajar. Este artículo dice que ese certificado se cancela en cuatro casos: primero, si la persona pierde su puesto por no cumplir con los requisitos para entrar o seguir en el trabajo. Segundo, si es despedida del cargo. Tercero, si no renueva su certificado cuando toca. Y cuarto, por cualquier otra razón que marquen las leyes.
Texto oficial
Artículo 246. La cancelación del certificado individual de una persona servidora pública de una Institución de Seguridad Pública procederá: I. Al ser separada de su cargo por no cumplir con alguno de los requisitos de ingreso o permanencia a que se refiere la presente Ley y demás disposiciones aplicables; II. Al ser removida de su cargo; III. Por no obtener la revalidación correspondiente; y IV. Por las demás causas que establezcan las disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.