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Artículo 249 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Universidad de la que habla este artículo es una institución pública que depende de la Secretaría correspondiente, pero tiene su propio dinero y personalidad legal, como si fuera una persona independiente. Esto significa que puede manejar sus recursos y tomar decisiones por sí misma, siempre siguiendo esta ley y otras reglas aplicables. Su forma de trabajar y organizarse se define en su Reglamento Interior, que es como su manual de operación. Además, esta Universidad es la máxima autoridad técnica en el Estado de México para capacitar, profesionalizar y certificar a quienes trabajan en seguridad pública y privada, así como en procuración de justicia (los que investigan delitos y acusan a los responsables). Solo ella puede emitir lineamientos, criterios, homologaciones y certificados de acuerdo con lo que dice el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que es el organismo federal que coordina la seguridad en todo el país.

Texto oficial

Artículo 249. La Universidad es un organismo público descentralizado, sectorizado a la Secretaría, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y demás ordenamientos legales aplicables. La organización y funcionamiento de la Universidad se establecerá en su Reglamento Interior. La Universidad fungirá como órgano técnico rector en materia de formación, profesionalización y certificación en seguridad pública y privada, así como en materia de Procuración de Justicia, en el Estado de México. La Universidad será la única instancia autorizada para emitir lineamientos, criterios, homologaciones y certificaciones acordes con las disposiciones del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 96) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.