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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/43
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
43

Artículo 43 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se van a crear juntas especiales de seguridad, llamadas Consejos Intermunicipales, que unirán a varios municipios de una misma zona del Estado de México. Esto se hará siguiendo la forma en que el Plan de Desarrollo del estado divide las regiones. Estos consejos servirán para que los municipios vecinos trabajen juntos en temas de seguridad.

Texto oficial

Artículo 43. Se instalarán Consejos Intermunicipales de Seguridad Pública, de conformidad con la regionalización establecida en el Plan de Desarrollo del Estado de México.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 26) ↗

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