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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/74
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
74

Artículo 74 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien es detenido, cualquier persona puede preguntar al ministerio público o a la policía dónde está y qué autoridad lo tiene bajo su control. Ellos están obligados a dar esa información. Si no lo hacen, pueden recibir un castigo administrativo (como una multa o suspensión del trabajo) y también podrían enfrentar una demanda penal si cometieron un delito.

Texto oficial

Artículo 74.- El ministerio público y la policía deberán informar a quien lo solicite de la detención de una persona y, en su caso, la autoridad a cuya disposición se encuentre. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a sanciones administrativas en términos de las disposiciones aplicables, sin perjuicio de la responsabilidad penal.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.