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Artículo 75 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los policías del Estado de México tienen que llenar un reporte oficial, que se llama Informe Policial Homologado, cuando hacen su trabajo. Este reporte debe tener los datos de todas las actividades que realizan, como detenciones o revisiones. Además, deben hacerlo siguiendo las reglas que marca el Sistema Nacional de Seguridad. O sea, todo lo que hagan en su labor tiene que quedar registrado en ese documento.

Texto oficial

Artículo 75.- Los integrantes de las instituciones policiales del Estado de México deberán llenar el Informe Policial Homologado, en términos de los acuerdos adoptados en el Sistema Nacional, con los datos de las actividades que realicen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.