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Artículo 82 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Prevención del Delito es una oficina que depende del Secretariado Ejecutivo. Cómo se organiza y cómo funciona lo va a definir el reglamento interno de esa secretaría y otras leyes aplicables. Para hacer bien su trabajo, este centro debe pedir consejos a expertos, como dependencias, asociaciones y personas especializadas en prevención del delito. El Estado y los municipios tienen que incluir en sus planes contra la violencia y la delincuencia programas que fomenten una cultura de prevención y el desarrollo de valores sociales.

Texto oficial

Artículo 82. EI Centro de Prevención del Delito es un órgano dependiente del Secretariado Ejecutivo; su organización y funcionamiento se determinará en el Reglamento Interior del Secretariado Ejecutivo y en las demás disposiciones aplicables. Para su mejor desempeño deberá auxiliarse de la opinión técnica de dependencias, asociaciones, organismos y personas especializadas en temas vinculados con la prevención social del delito, a través del órgano técnico que para tal efecto se designe. El Estado y los municipios incorporarán en sus programas de prevención social de la violencia y la delincuencia, los subprogramas necesarios para fomentar la cultura de la prevención social de la violencia y la delincuencia y el desarrollo de los valores sociales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.