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Artículo 84 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Ciudadano es un grupo de personas que no depende del gobierno y que sirve para dar su opinión, analizar información y ayudar en la planeación y supervisión del Sistema Estatal. Su función es apoyar al Secretariado Ejecutivo, que es la oficina encargada de coordinar las acciones del sistema. Cómo se organiza y cómo trabaja se define en su propio reglamento (llamado Estatuto Orgánico) y en otras reglas que le apliquen. En resumen, es un grupo independiente que vigila y sugiere mejoras, pero no toma decisiones por sí solo.

Texto oficial

Artículo 84.- El Consejo Ciudadano es un órgano autónomo de consulta, análisis y opinión, que tiene por objeto participar en la planeación, evaluación y supervisión del Sistema Estatal, auxiliar del Secretariado Ejecutivo; su organización y funcionamiento se determinará en su Estatuto Orgánico y en las demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.