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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/89
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
89

Artículo 89 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Estatal será el encargado de decidir cómo se va a hacer la invitación para participar en algo, según lo que ya dice el artículo anterior. Tú, como persona interesada, vas a enterarte de las reglas, fechas y requisitos a través de esa convocatoria que ellos definan. Básicamente, ellos ponen las condiciones para que puedas aplicar.

Texto oficial

Artículo 89.- Para los efectos previstos en el artículo anterior, el Consejo Estatal definirá los términos de la convocatoria.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.