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Artículo 15 de la Ley de la Juventud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto lo manejan dos grupos: un Consejo Directivo (como una junta de jefes) y un Director General (el jefe principal). El Consejo está formado por representantes de varias dependencias del gobierno del Estado de México, como las secretarías de Finanzas, Trabajo, Cultura y Turismo, el Instituto de Salud y la Subsecretaría de Educación Básica. El Director General lo escoge el Gobernador, pero el presidente del Consejo le sugiere quién debería ser. Además, el propio Consejo crea un reglamento interno que define cómo se organiza y opera el Instituto.

Texto oficial

Artículo 15.- La dirección y administración del Instituto está a cargo de un Consejo Directivo y una Dirección General. El Consejo Directivo se integra en los términos previstos en la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México y con vocales, que son los representantes de las Secretarías de Finanzas, del Trabajo y de Cultura y Turismo; del Instituto de Salud del Estado de México y de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal. La persona Titular de la Dirección General será nombrada por el Gobernador del Estado, a propuesta del presidente del Consejo. La organización y funcionamiento del Instituto se regirá por el reglamento interno que expida el Consejo Directivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.