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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley152/23
Ley
Ley de la Juventud del Estado de México
Artículo
23

Artículo 23 de la Ley de la Juventud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Ayuntamiento (el gobierno de tu ciudad o municipio) y el Consejo (un grupo que trabaja con ellos) van a apoyar a los jóvenes para que puedan meterse de lleno en la vida económica, política, cultural, deportiva y social de su comunidad. También se van a asegurar de que se respeten sus derechos y de cumplir con lo que dice esta Ley. En pocas palabras, quieren que los jóvenes tengan oportunidad de participar en todo lo importante de la sociedad y que no los dejen fuera.

Texto oficial

Artículo 23.- El Ayuntamiento en coordinación con el Consejo, impulsará a los jóvenes para que tengan una plena participación en la vida económica, política, cultural, deportiva y social, así como para promover el respeto a sus derechos y cumplir con el objeto de esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley de la Juventud del Estado de México (pág. 12) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.