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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley16/142
Ley
Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Artículo
142

Artículo 142 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que puedes pedir un crédito a corto plazo si has estado cotizando al Instituto por más de un año, o sea, si llevas más de un año trabajando y pagando tus aportaciones. El dinero que te presten depende de dos cosas: cuántos años llevas cotizando y cuánto ganas normalmente. Mientras más tiempo y más ingresos tengas, más grande puede ser el préstamo.

Texto oficial

ARTICULO 142.- Los créditos a corto plazo podrán otorgarse a quienes hayan cotizado al Instituto por más de un año. El monto de estos créditos se determinará en base a los años de cotización del solicitante y a sus ingresos ordinarios.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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