Artículo 163 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si el Infonavit te prestó dinero o tú le debes algo, esa deuda no es para siempre. El Instituto tiene 10 años para cobrarte, contados desde el momento en que el pago se vuelve obligatorio. Si pasan más de 10 años sin que te cobren, la deuda se cancela por ley. Esto aplica para cualquier tipo de crédito u obligación que tengas con el Infonavit.
Texto oficial
ARTÍCULO 163.- Los créditos y obligaciones de cualquier naturaleza en favor del Instituto a cargo de los sujetos de esta ley, prescribirán en un término de 10 años a partir de la fecha en que sean exigibles.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.