Artículo 37 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un servidor público (alguien que trabaja para el gobierno) pide un préstamo al Instituto (como el ISSSTE o Infonavit), y la dependencia donde trabaja no le descuenta de su sueldo para pagarlo, entonces el Instituto le va a cobrar directamente a esa dependencia. Para asegurarse de cobrar, el Instituto puede pedir que le descuenten hasta el 20% del sueldo neto (lo que realmente te llega después de impuestos) cada quincena o mes, hasta que termines de pagar todo lo que debes.
Texto oficial
ARTICULO 37.- Cuando no se efectúen a los servidores públicos las retenciones por concepto de recuperación de créditos otorgados por el Instituto mediante préstamo, éste requerirá directamente a la Institución pública el pago respectivo. Para éste efecto el Instituto, en su caso, podrá solicitar se les hagan descuentos de hasta un 20% de sus percepciones netas, mientras el adeudo no esté cubierto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.