Artículo 62 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres un trabajador del gobierno y te accidentas o enfermas por tu trabajo, tienes derecho a que te curen de a gratis. El seguro te debe dar consultas, operaciones, hospitalización, rehabilitación y los medicamentos que necesites, según lo que marque la lista oficial. También te tienen que dar aparatos como prótesis (por ejemplo, una pierna artificial) o cosas ortopédicas (como férulas o muletas). Y si quedas incapacitado para trabajar, te dan una pensión, que es un dinero cada mes.
Texto oficial
ARTICULO 62.- El servidor público, como consecuencia de un riesgo de trabajo, tiene derecho a las siguientes prestaciones: I. Atención médica de diagnóstico, tratamientos médico-quirúrgicos, hospitalización y de rehabilitación que sean necesarios y los medicamentos prescritos conforme a los cuadros básicos; II. Aparatos de prótesis y ortopedia; III. Pensión por inhabilitación, en su caso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.