Artículo 63 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El IMSS es el que decide técnicamente si un accidente o enfermedad es un riesgo de trabajo. Si tú no estás de acuerdo con esa decisión, puedes pedirle a un experto (perito) que haga su propio dictamen. Si el dictamen del IMSS y el de tu perito no coinciden, entonces interviene la Comisión de Arbitraje Médico. Ellos eligen a un tercer perito para que dé una opinión final, y con eso el IMSS toma la decisión definitiva.
Texto oficial
ARTICULO 63.- Los riesgos de trabajo serán calificados técnicamente por el Instituto; en caso de que exista inconformidad, el afectado podrá designar un perito técnico o profesional para que dictamine a su vez. De existir desacuerdo entre la calificación médica emitida por el Instituto y el dictamen del Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de enero de 2002. Última reforma POGG 17 de diciembre de 2025. LEY DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS 18 perito propuesto por el afectado, se acudirá a la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de México, para que designe un perito tercero a fin de que emita un nuevo dictamen, con base en el cual el Instituto resolverá en definitiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.