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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalapa, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal tiene varias tareas importantes para el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalapa. Puede aprobar las reglas internas del Instituto, decidir cómo va a funcionar en general, y revisar los planes y proyectos que proponga el director. También se encarga de checar las finanzas, aprobar el presupuesto anual, y nombrar o quitar al director si es necesario. Además, puede invitar a otros servidores públicos a las juntas cuando se necesite su ayuda.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones del Consejo Municipal: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalapa; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 5 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEMASCALAPA, MÉXICO 5 II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalapa; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar, ratificar o remover al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de otros ordenamientos legales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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