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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México
Artículo
17

Artículo 17 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo lo van a manejar dos cosas: un Consejo Municipal y un director. El Consejo es como un grupo de personas que toman las decisiones importantes, y el director es el encargado de hacer que esas decisiones se cumplan. Ambos se encargan de dirigir y administrar el Instituto, es decir, de organizar y controlar todo lo relacionado con el deporte y la actividad física en el municipio.

Texto oficial

Artículo 17.- La dirección y administración del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, estará a cargo de una Consejo Municipal y de un director.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascalcingo, México (pág. 4) ↗

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