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Ley
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México
Artículo
44

Artículo 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Cultura y Turismo es la oficina del gobierno que decide y pone en marcha lo relacionado con la cultura, y también se encarga de conectar a la gente con lo que pasa en el turismo del estado. Además, organiza, planea y promueve todo lo necesario para que el turismo crezca y funcione bien en el estado. En pocas palabras, esta Secretaría es la que se hace cargo de que la cultura y el turismo estén bien atendidos y coordinados.

Texto oficial

Artículo 44. La Secretaría de Cultura y Turismo es la dependencia encargada de fijar y ejecutar la política cultural; así como de la vinculación de la sociedad con el quehacer turístico de la Entidad, así como de la planeación, organización, coordinación, promoción, ejecución y evaluación de las políticas, programas y acciones necesarias para el fomento al turismo en el Estado.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México (pág. 35) ↗

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