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Artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Contraloría es la que se encarga de evitar, descubrir y castigar actos de corrupción o faltas de los servidores públicos del gobierno estatal, según lo que le toca hacer. También vigila cómo se usan los ingresos, gastos y recursos del gobierno y sus organismos. Todo esto lo hace siguiendo valores como la honestidad, la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas, entre otros. En pocas palabras, es como el "guardián" que revisa que el dinero y las acciones del gobierno sean legales y correctas.

Texto oficial

Artículo 46. La Secretaría de la Contraloría es la encargada de prevenir, detectar y, en el ámbito de su competencia, sancionar las faltas administrativas y hechos de corrupción, así como la vigilancia, fiscalización y control de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de la administración pública estatal y su sector auxiliar, bajo los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad, competencia por mérito y rendición de cuentas, en los términos de las disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.