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Artículo 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible es la oficina del gobierno del Estado de México que se encarga de crear, poner en marcha y revisar los planes para cuidar la naturaleza y los animales y plantas (biodiversidad). También se ocupa de proteger y reparar el medio ambiente para que dure a largo plazo, y de hacer acciones para reducir y adaptarse a los efectos del cambio climático. En pocas palabras, es la dependencia responsable de que el Estado tenga políticas claras para no dañar el planeta.

Texto oficial

Artículo 48. La Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible es la dependencia encargada de la formulación, ejecución y evaluación de la política estatal en materia de conservación ecológica, biodiversidad, protección y restauración del medio ambiente para el desarrollo sostenible, así como la mitigación y adaptación al cambio climático. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 11 de septiembre de 2023. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO 42

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

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