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Artículo 10 de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas de mediación y conciliación de la Fiscalía, así como los centros públicos creados por el gobierno estatal y los municipios, tienen que dar servicios gratis de información, orientación y resolución de conflictos sin llegar a juicio. Esto incluye procesos como la mediación, conciliación y justicia restaurativa, que ayudan a resolver problemas entre personas de manera pacífica. Todo esto lo hacen siguiendo las reglas de esta ley y su reglamento.

Texto oficial

Artículo 10.- Las Unidades de Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativas de la Fiscalía General de Justicia, los centros públicos creados por el Poder Ejecutivo, los organismos descentralizados y los ayuntamientos, prestarán en forma gratuita los servicios de información, orientación, mediación, conciliación y de justicia restaurativa, en los términos de esta Ley, su reglamento y demás disposiciones legales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.