- Ley
- Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las personas tienen derecho a recibir una educación que promueva la paz en las escuelas. Además, las escuelas tienen la obligación de enseñar a los alumnos por qué es importante construir y mantener la paz en la sociedad todo el tiempo.
Texto oficial
Artículo 2.- Todas las personas tienen derecho a una educación para la paz en las instituciones educativas y éstas a su vez el deber de hacer comprender a los alumnos, la conveniencia social de la construcción permanente de la paz.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.