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Artículo 29 de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro Estatal y los Centros Públicos son lugares a los que puedes acudir sin pagar nada. Ellos ayudan con casos que les manden las autoridades (como jueces o ministerios públicos) o que tú mismo les pidas resolver, ya sea antes, durante o después de un juicio. No importa en qué etapa esté tu asunto legal, ellos te atenderán gratis. Esto aplica para trámites de mediación, conciliación o justicia restaurativa, que son formas de arreglar problemas sin llegar a un juicio o mientras este se lleva a cabo.

Texto oficial

Artículo 29.- El Centro Estatal y los Centros Públicos, atenderán gratuitamente los casos que les sean remitidos por las autoridades, así como los que planteen directamente los interesados antes, durante y después del proceso jurisdiccional. TÍTULO TERCERO CAPÍTULO I De los procedimientos de mediación, conciliación y justicia restaurativa

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.