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Artículo 46 de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú y la otra persona aceptan la propuesta, el juicio se pone en pausa. Luego, si la ley lo permite, el caso se manda a un programa de justicia restaurativa, que busca resolver el conflicto con diálogo y acuerdos. Las autoridades que mandaron el caso deben recibir un aviso a tiempo sobre lo que pasó al final del proceso.

Texto oficial

Artículo 46.- En caso de que las partes acepten la propuesta, se suspenderá el procedimiento, si procede legalmente, se remitirá el caso a los servicios de justicia restaurativa, y se deberá informar oportunamente a la autoridad remitente del resultado correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.