Artículo 46 de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú y la otra persona aceptan la propuesta, el juicio se pone en pausa. Luego, si la ley lo permite, el caso se manda a un programa de justicia restaurativa, que busca resolver el conflicto con diálogo y acuerdos. Las autoridades que mandaron el caso deben recibir un aviso a tiempo sobre lo que pasó al final del proceso.
Texto oficial
Artículo 46.- En caso de que las partes acepten la propuesta, se suspenderá el procedimiento, si procede legalmente, se remitirá el caso a los servicios de justicia restaurativa, y se deberá informar oportunamente a la autoridad remitente del resultado correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.