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Artículo 4 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapan del Oro, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapan del Oro fue creado para fomentar el deporte en todo el municipio, sin importar la edad o el grupo al que pertenezcas. Busca que hagas ejercicio para mejorar tu salud física y mental, que convivas con tu familia y tu comunidad, y que aproveches bien tu tiempo libre. También tiene como meta apoyar a los adultos mayores, a las personas con discapacidad y a los trabajadores para que practiquen algún deporte. Además, quiere que los deportistas locales compitan mejor, que se valore más la actividad física y que quienes hacen deporte tengan fácil acceso a servicios de salud.

Texto oficial

Artículo 4.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapan del Oro, tendrá los siguientes objetivos: I. Impulsar la práctica deportiva en todos los grupos y sectores del municipio; II. Propiciar la interacción familiar y social; III. Fomentar la salud física, mental, cultural y social de la población del municipio; IV. Propiciar el uso adecuado y correcto del tiempo libre; V. Promover e impulsar el deporte para los adultos mayores y las personas con discapacidad; VI. Promover el deporte de los trabajadores; VII. Promover el cambio de actitudes y aptitudes; VIII. Promover y desarrollar la captación de recursos humanos para el deporte; IX. Elevar el nivel competitivo del deporte municipal; X. Promover la revaloración social del deporte y la cultura física; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 27 de abril de 2011. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE IXTAPAN DEL ORO, MÉXICO. 2 XI. Promover fundamentalmente el valor del deporte para el primer nivel de atención a la salud; XII. Promover la identidad del municipio de Ixtapan del Oro, en el ámbito municipal, estatal, nacional e internacional a través del deporte; XIII. Fomentar la integración familiar y social; y XIV. Facilitar a los deportistas el acceso a los servicios de salud. CAPÍTULO SEGUNDO DE SUS FACULTADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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