Artículo 114 de la Ley de Educación del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal, el estatal y los municipios deben cooperar para que las escuelas públicas tengan mantenimiento, servicios como agua y luz, y equipo básico. Los papás, las mamás o tutores, y cualquier persona de la comunidad pueden ayudar de manera voluntaria. En el Estado de México, el gobierno estatal va a pedirles a los municipios que participen directamente en mantener las escuelas y darles lo necesario. Los ayuntamientos (los gobiernos de los municipios) deben ayudar con el mantenimiento de los planteles y con servicios de seguridad, agua y luz. Las empresas o personas particulares también pueden ayudar a mantener las escuelas públicas, pero solo si llegan a un acuerdo con el gobierno educativo del estado y siguen las reglas que ponga el gobierno federal. Eso sí, su ayuda no puede reemplazar el trabajo del personal de la escuela, ni darles derecho a recibir algo a cambio.
Texto oficial
Artículo 114. Para el mantenimiento de los muebles e inmuebles, así como los servicios e instalaciones necesarios para proporcionar los servicios educativos, concurrirán los gobiernos federales, estatales, municipales y, de manera voluntaria, madres y padres de familia o tutores y demás integrantes de la comunidad. El Gobierno del Estado de México, promoverá la participación directa de los municipios para dar mantenimiento y proveer de equipo básico a las escuelas públicas estatales y municipales. Los ayuntamientos coadyuvarán en el mantenimiento de los planteles educativos y de los servicios de seguridad, agua y luz. Los particulares, ya sea personas físicas o morales, podrán coadyuvar en el mantenimiento de las escuelas públicas, previo acuerdo con la autoridad educativa estatal y de conformidad con los lineamientos que emita la autoridad educativa federal. Las acciones que se deriven de la aplicación de este párrafo, en ningún caso implicarán la sustitución de los servicios del personal de la escuela, tampoco generarán cualquier tipo de contraprestación a favor de los particulares. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de febrero de 2024. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO 35
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.