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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley180/34
Ley
Ley de Educación del Estado de México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a disfrutar de los avances en ciencia, tecnología e innovación, porque son parte importante de tu educación y tu cultura. Las autoridades educativas del Estado de México deben fomentar que estos conocimientos se desarrollen, se conecten con la sociedad y se den a conocer, todo para que te beneficien a ti y a la economía del estado.

Texto oficial

Artículo 34. En el Estado de México se reconoce el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo científico, humanístico, tecnológico y de la innovación, considerados como elementos fundamentales de la educación y la cultura. Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, promoverán el desarrollo, la vinculación y divulgación de la investigación científica para el beneficio social y el desarrollo de las actividades productivas de la entidad federativa.

Ver texto oficial de la Ley de Educación del Estado de México (pág. 13) ↗

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