Artículo 58 de la Ley de Educación del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 58 dice que todas las escuelas del gobierno, las que dependen de él y las particulares autorizadas deben usar la tecnología (como internet, computadoras y herramientas digitales) para mejorar la forma de enseñar y aprender. También deben crear programas de educación en línea o semipresenciales (que combinan clases en persona con clases virtuales) para que más personas tengan acceso a la educación y se reduzcan las desigualdades. La tecnología es solo un apoyo extra, no reemplaza a otros materiales como los libros de texto gratuitos. Además, en las primarias y secundarias, los niños y adolescentes solo pueden usar celulares y otros aparatos electrónicos para fines académicos, como lo marca el artículo 61 Bis de esta misma ley.
Texto oficial
Artículo 58. La educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial, se utilizará el avance de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital, con la finalidad de fortalecer los modelos pedagógicos de enseñanza aprendizaje, la innovación educativa, el desarrollo de habilidades y saberes digitales de los educandos, además del establecimiento de programas de educación a distancia y semi presencial para cerrar la brecha digital y las desigualdades en la población. Las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital serán utilizadas como un complemento de los demás materiales educativos, incluidos los libros de texto gratuitos. El uso de dispositivos de telefonía celular y demás dispositivos electrónicos por parte de niñas, niños y adolescentes en las escuelas de nivel básico deberá sujetarse a fines estrictamente académicos, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 Bis del presente ordenamiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.