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Artículo 59 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno y las escuelas tienen la obligación de enseñar a los maestros a usar computadoras, internet y herramientas digitales para que puedan dar mejores clases. También deben mejorar los sistemas de educación a distancia, como las plataformas en línea y la televisión educativa, para que puedas aprender desde casa si es necesario. Esto aplica a todas las autoridades educativas del país, cada una en lo que le toca hacer.

Texto oficial

Artículo 59. Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, promoverán la formación y capacitación de maestras y maestros para desarrollar las habilidades necesarias en el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital para favorecer el proceso educativo. Asimismo, fortalecerán los sistemas de educación a distancia, mediante el aprovechamiento de las multiplataformas digitales, la televisión educativa y las tecnologías antes referidas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.