Artículo 75 de la Ley de Educación del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno debe poner por delante el bienestar de niños, niñas, adolescentes y jóvenes cuando se trata de su derecho a estudiar. Esto significa que, para cumplir con lo que dice la Constitución, tiene que crear programas y acciones públicas que realmente protejan a los menores. En pocas palabras, cualquier decisión o plan educativo debe pensarse siempre en lo que más les convenga a ellos.
Texto oficial
Artículo 75. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de febrero de 2024. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO 24
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.