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Artículo 75 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno debe poner por delante el bienestar de niños, niñas, adolescentes y jóvenes cuando se trata de su derecho a estudiar. Esto significa que, para cumplir con lo que dice la Constitución, tiene que crear programas y acciones públicas que realmente protejan a los menores. En pocas palabras, cualquier decisión o plan educativo debe pensarse siempre en lo que más les convenga a ellos.

Texto oficial

Artículo 75. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de febrero de 2024. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO 24

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

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