Artículo 30 de la Ley Registral para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El sistema de computadoras del registro debe proteger tus datos personales para que nadie los pueda ver, modificar o perder. Por eso, va a tener candados digitales, permisos especiales y pasos de seguridad bien claros. Todo esto lo hará siguiendo al pie de la letra lo que dice la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y su reglamento. En pocas palabras, la ley obliga a que cuiden tu información como si fuera dinero en un banco.
Texto oficial
Artículo 30. Para garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información registral, el Sistema Informático contará con las medidas de seguridad necesarias, autorizaciones y procedimientos conforme a lo establecido en la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.