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Artículo 30 de la Ley Registral para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sistema de computadoras del registro debe proteger tus datos personales para que nadie los pueda ver, modificar o perder. Por eso, va a tener candados digitales, permisos especiales y pasos de seguridad bien claros. Todo esto lo hará siguiendo al pie de la letra lo que dice la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y su reglamento. En pocas palabras, la ley obliga a que cuiden tu información como si fuera dinero en un banco.

Texto oficial

Artículo 30. Para garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información registral, el Sistema Informático contará con las medidas de seguridad necesarias, autorizaciones y procedimientos conforme a lo establecido en la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.